Diferencias entre mediación, conciliación y oferta vinculante
Los Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias (MASC) comprenden varias modalidades reconocidas legalmente. Jurisgram abarca y da solución a la mediación, la conciliación y la oferta vinculante. Aunque todas buscan resolver disputas fuera de los tribunales, sus características son distintas.
En la mediación, las partes son asistidas por un mediador neutral que no impone una solución, sino que facilita el diálogo para que ambas lleguen a un acuerdo. Es un proceso confidencial y voluntario, ideal para mantener relaciones a largo plazo o evitar escaladas emocionales.
La conciliación implica que un tercero (conciliador) sí puede proponer una solución concreta, aunque no es obligatoria para las partes. Se usa mucho en conflictos mercantiles.
La oferta vinculante, debe ser aceptada de manera expresa. Una vez aceptada ambas partes están obligadas a cumplir lo acordado. La oferta y su aceptación son confidenciales. La intervención de un abogado es obligatoria cuando la cuantía del conflicto supera los 2.000,00 €. Es útil para prevenir litigios complejos donde se desea una resolución rápida y especializada.
Elegir entre mediación, conciliación u oferta vinculante dependerá del tipo de conflicto y del grado de disposición al acuerdo entre las partes. Si quieres saber qué conflictos pueden resolverse con MASC, te lo explicamos en detalle.